GRI 406: No discriminación 2016 incluye contenidos para que las organizaciones presenten información acerca de sus impactos relacionados con la discriminación y la manera en que gestionan estos impactos.
El Estándar está estructurado del siguiente modo:
El resto de la sección Introducción proporciona información de contexto sobre el tema, una descripción general del sistema de Estándares GRI y más información acerca del uso de este Estándar.
Información de contexto sobre el tema
Este Estándar aborda el tema de la no discriminación.
En lo que atañe a este Estándar, la discriminación se define como el acto y resultado de tratar a las personas de forma desigual mediante la imposición de cargas desiguales o la negación de beneficios, en lugar de tratar a cada persona de forma justa y sobre la base del mérito individual. La discriminación también puede incluir el acoso. Este se define como una serie de comentarios o acciones indeseables o que deberían razonablemente reconocerse como indeseables hacia la persona a la que van dirigidos.
Se espera que las organizaciones eviten discriminar a cualquier persona por cualquier motivo, lo que incluye evitar la discriminación de los trabajadores en el trabajo. También se espera que eviten discriminar a clientes en lo que atañe al suministro de productos y servicios o a cualquier otro grupo de interés, incluidos los proveedores y los socios de negocio.
Estos conceptos se abordan en instrumentos clave de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y la Organización de las Naciones Unidas (ONU): consulte la Bibliografía.
Hay una serie de convenciones y declaraciones internacionales que abordan la discriminación de grupos concretos de personas o por motivos específicos. A modo de ejemplo, cabe destacar la Convención de la ONU sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) y la Convención Internacional de la ONU sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial.
Sistema de Estándares GRI
Este Estándar forma parte de los Estándares GRI para la elaboración de informes de sostenibilidad (Estándares GRI). Los Estándares GRI permiten a una organización presentar información sobre los impactos más significativos de la organización en la economía, el medio ambiente y las personas, incluidos los impactos que afectan a los derechos humanos, y sobre la manera en que los gestiona.
Los Estándares GRI se estructuran como un sistema de estándares interrelacionados organizados en tres series: Estándares Universales GRI, Estándares Sectoriales GRI y Estándares Temáticos GRI (véase la Figura 1 del presente Estándar).
Estándares Universales: GRI 1, GRI 2 y GRI 3
GRI 1: Fundamentos 2021 especifica los requerimientos que la organización debe cumplir para elaborar informes conforme a los Estándares GRI. La organización empieza a usar los Estándares GRI consultando GRI 1.
GRI 2: Contenidos Generales 2021 incluye contenidos que la organización utiliza para presentar información sobre sus prácticas de elaboración de informes y otros detalles organizacionales, como sus actividades, gobernanza y políticas.
GRI 3: Temas Materiales 2021 ofrece orientaciones sobre cómo determinar los temas materiales. También incluye contenidos que la organización usa para presentar información acerca de su proceso de determinación de los temas materiales, su lista de temas materiales y cómo gestiona cada tema.
Estándares Sectoriales
Los Estándares Sectoriales proporcionan información a la organización sobre sus posibles temas materiales. La organización emplea los Estándares Sectoriales que son de aplicación a sus sectores para determinar sus temas materiales y qué información presentar en relación con cada tema material.
Estándares Temáticos
Los Estándares Temáticos incluyen contenidos que la organización usa para presentar información sobre sus impactos relativos a ciertos temas. La organización usa los Estándares Temáticos según la lista de temas materiales que ha determinado con GRI 3.
Uso de este Estándar
Cualquier organización, independientemente de su tamaño, tipo, sector, ubicación geográfica o experiencia en la presentación de informes, puede utilizar este Estándar para presentar información acerca de sus impactos relacionados con la discriminación.
Una organización que elabore su informe conforme a los Estándares GRI está obligada a reportar los siguientes contenidos, si ha determinado que la no discriminación es un tema material:
Consulte los Requerimientos 4 y 5 de GRI 1: Fundamentos 2021.
Se permiten motivos para la omisión en estos contenidos.
Si la organización no puede cumplir un contenido o un requerimiento de un contenido (por ejemplo, porque la información requerida es confidencial o está sujeta a prohibiciones legales), está obligada a especificar el contenido o el requerimiento que no puede cumplir y a proporcionar un motivo para la omisión, junto con una explicación, en el índice de contenidos GRI. Para mayor información sobre los motivos para la omisión, véase el Requerimiento 6 de GRI 1: Fundamentos 2021.
Si la organización no puede presentar la información solicitada acerca de un elemento especificado en un contenido porque el elemento (por ejemplo, comité, política, práctica o proceso) no existe, puede cumplir con el requerimiento informando de la situación. La organización puede explicar los motivos por los que no tiene este elemento o describir sus planes para desarrollarlo. El contenido no requiere que la organización implemente el elemento (por ejemplo, desarrollar una política), sino que indique que el elemento no existe.
Si la organización desea publicar un informe de sostenibilidad independiente, no es necesario que repita información que ya esté publicada en otros sitios, como en páginas web o en su informe anual. En ese caso, la organización puede presentar información de un contenido obligatorio aportando una referencia en el índice de contenidos GRI que indique dónde se puede encontrar esa información (por ejemplo, proporcionando un enlace a la página web o citando la página del informe anual donde se haya publicado).
Requerimientos, orientaciones y términos definidos
Lo siguiente se aplica en este Estándar:
Los requerimientos aparecen en negrita y se indican con la palabra "debe". La organización debe cumplir los requerimientos para presentar sus informes conforme a los Estándares GRI.
Los requerimientos pueden ir acompañados de orientaciones.
Las orientaciones incluyen información de contexto, explicaciones y ejemplos para ayudar a la organización a entender mejor los requerimientos. La organización no está obligada a cumplir con las orientaciones.
Los Estándares también pueden incluir recomendaciones. Se trata de casos en los que se recomienda tomar medidas concretas, pero que no son obligatorias.
La palabra "debería" indica una recomendación y la palabra "puede" indica una posibilidad u opción.
Los términos definidos aparecen subrayados en el texto de los Estándares GRI y con un enlace a su definición correspondiente en el Glosario. La organización está obligada a aplicar las definiciones del Glosario.
Una organización que elabore su informe conforme a los Estándares GRI está obligada a reportar cómo gestiona cada uno de sus temas materiales.
Una organización que ha determinado que la no discriminación es un tema material, está obligada a informar cómo gestiona el tema mediante el uso del Contenido 3-3 de GRI 3: Temas Materiales 2021 (consulte la cláusula 1.1 de esta sección).
Esta sección, por lo tanto, está diseñada para complementar -y no para reemplazar- el Contenido 3-3 de GRI 3.
1.1 La organización informante debe reportar cómo gestiona la no discriminación mediante el uso del Contenido 3-3 de GRI 3: Temas Materiales 2021.
La organización informante debe presentar la siguiente información:
Requerimientos de recopilación
2.1 Al recopilar la información especificada en el Contenido 406-1, la organización informante debe tener en cuenta los casos de discriminación por motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, extracción nacional u origen social de acuerdo con la definición de la OIT, así como otras formas relevantes de discriminación que impliquen a grupos de interés internos o externos en todas las operaciones durante el periodo objeto del informe.
Orientaciones para el Contenido 406-1
En el contexto de este contenido, con "caso" se hace referencia a una acción legal o queja registrada ante la organización informante o las autoridades competentes mediante un proceso formal o un caso de incumplimiento identificado por la organización mediante procedimientos establecidos. Los procedimientos establecidos para identificar casos de incumplimiento pueden incluir auditorías de sistemas de gestión, programas formales de supervisión o mecanismos de quejas y reclamación.
Un caso deja de estar sujeto a acciones cuando se resuelve o concluye, o cuando la organización no exige que se emprendan más acciones. Por ejemplo, un caso para el que no es obligatorio emprender más acciones puede ser un caso retirado o que presentara una serie de circunstancias subyacentes que ya no existan.
Información de contexto
De conformidad con los instrumentos de la OIT, la discriminación puede producirse por motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, extracción nacional u origen social. La discriminación también puede presentarse por factores como la edad, la incapacidad, el estado migratorio, el VIH-sida, el género, la orientación sexual, la predisposición genética y los estilos de vida, entre otros.1
La existencia y aplicación eficaz de políticas que eviten la discriminación son un factor básico de conducta empresarial responsable.
para
Este glosario contiene las definiciones de los términos usados en este Estándar. La organización está obligada a aplicar estas definiciones cuando use los Estándares GRI.
Las definiciones incluidas en este glosario pueden contener términos que se explican con más detalle en el Glosario completo de los Estándares GRI. Todos los términos definidos aparecen subrayados. Si un término no está definido en este glosario o en el Glosario completo de los Estándares GRI, aplica la definición que se usa y se comprende comúnmente.
Derechos inherentes a todos los seres humanos y que abarcan, como mínimo, todos los derechos establecidos en la Carta Internacional de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y los principios relativos a los derechos fundamentales incluidos en la Declaración relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Desarrollo que satisface las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades.
Acción y resultado de tratar a las personas de forma desigual mediante la imposición de cargas desiguales o la negación de beneficios, en lugar de tratar a cada persona de forma justa y sobre la base del mérito individual.
Efecto que la organización tiene o podría tener sobre la economía, el medio ambiente o las personas, incluidos los efectos sobre los derechos humanos y que, a su vez, puede ser indicativo de su contribución (negativa o positiva) al desarrollo sostenible.
Proceso sistematizado por el que se pueden plantear reclamaciones y solicitar remediación.
Percepción de injusticia por parte de una persona o grupo que se considera titular de un derecho que puede estar basado en una ley, contrato, promesas explícitas o implícitas o la práctica consuetudinaria o en las nociones generales de justicia de las comunidades afectadas.
Medidas para contrarrestar o reparar un impacto negativo o proporcionar un remedio.
Temas que representan los impactos más significativos de la organización sobre la economía, el medio ambiente y las personas, incluidos los impactos sobre los derechos humanos.
Esta sección enumera instrumentos intergubernamentales utilizados en el desarrollo de este Estándar.
Instrumentos oficiales: